

¿Quiénes Somos?
INSTITUCIONALIDAD
El Diario Oficial de la República de Chile es la institución oficial del Estado encargada de la publicación de las normas jurídicas que rigen al país. Organismo con más de ciento cuarenta años al servicio de la Patria que, en cumplimiento del mandato constitucional y de otros importantes cuerpos legales, publica leyes, decretos y otras actuaciones jurídicas emanadas de los órganos del Estado. Su misión consiste en dar cuerpo a la certeza jurídica que el Estado de Derecho necesariamente requiere, lo que se materializa a través de la publicación de la ley y de la presunción de que todo cuerpo legal promulgado en la forma prescrita en la Constitución, se supone conocido por todos, sin admitir prueba en contrario, desde su publicación en el Diario Oficial.
De la misma forma, el Diario Oficial cumple con la obligación de publicar todas aquellas actuaciones que, tanto en el ámbito público como privado, tienen relevancia en la vida jurídica, económica y social del país, y que deban cumplir con el requisito de publicidad que la ley exige.
El Diario Oficial integra la Subsecretaría del Interior, de acuerdo a lo establecido en el Decreto Supremo N°22, de 2016, del Ministerio del Interior y Seguridad Publica, que Aprueba Reglamento sobre Organización y Funcionamiento del Diario Oficial de la República de Chile.
Su actual Director es don Felipe Andrés Peroti Díaz.
HISTORIA
De los más de 200 años de vida independiente de nuestra Patria, más de la mitad ha tenido al
Diario Oficial como un privilegiado testigo de la historia de Chile, que ha registrado no sólo su desarrollo legislativo, sino que muchos otros acontecimientos que reflejan momentos históricos de nuestra vida independiente.
El Diario Oficial de la República de Chile fue creado por Decreto del 15 de noviembre de 1876, bajo la presidencia de don Aníbal Pinto Garmendia. Su primera edición se publicó el 1 de marzo de 1877, reemplazando al periódico El Araucano. Desde entonces y salvo en contadas excepciones, el Diario Oficial aparece en ediciones ordinarias todos los días hábiles de lunes a sábado, así como en ediciones extraordinarias.
Las ediciones normativas anteriores al Diario Oficial, que se han encargado de publicar nuestros cuerpos legales, nacen en forma más sistemática con la Aurora de Chile (1812), y le sigue el primer periódico propiamente oficial, llamado El Monitor Araucano (1813), continuando con otras publicaciones legislativas especializadas como las Gacetas del Rey (1814) y del Gobierno (1817), la Gaceta de Santiago (1817), la Gaceta Ministerial (1818), el Boletín de las Órdenes y Decretos del Gobierno (1823) y El Araucano (1830), para culminar con el Diario Oficial (1877), publicación que ha permanecido hasta nuestros días.
Desde entonces, el Diario ha sido un reflejo “oficial” de la historia de Chile. Allí se han impreso las leyes y decretos que rigen a los ciudadanos, se han constituido señeras instituciones que forman parte de la vida cultural y comercial del país y en sus inicios se publicaron actas de sesiones del Congreso, discusiones parlamentarias, reportes de la guerra y muchos otros documentos de gran valor testimonial. Desde esa perspectiva, el Diario Oficial es una bitácora de los hechos que han dado vida a la identidad cultural, social, política y económica del país.
En sus orígenes la publicación del Diario se entregó a la Imprenta Nacional. Posteriormente fue editado por diversos concesionarios, como los señores Augusto Ovalle Castillo y Óscar Barrios o la Empresa Periodística La Nación, entidad adquirida por el Fisco en 1927 y que, a partir de 1931, editó y publicó el Diario Oficial. En el año 1934 se constituye para el efecto y se encomienda la publicación del Diario Oficial a la Empresa Periodística La Nación S.A., lo que se mantendría hasta su disolución. A partir del 26 de agosto de 2013, el Ministerio del Interior y Seguridad Pública asume la responsabilidad de la edición, publicación y distribución del Diario Oficial, bajo el amparo de lo dispuesto en el artículo 3, letra e) del DFL N°7.012, que fijó las atribuciones de las Secretarías de Estado y la Ley N°20.502. A la par de los cambios de dependencia institucional, en 2016 y luego de casi 140 años de historia, se dicta el “Reglamento sobre Organización y Funcionamiento del Diario Oficial de la República de Chile”, norma que regula todos los aspectos operativos y legales del Diario, sustituyendo además su soporte de publicación. En el mismo año, se publica el Reglamento del Boletín Oficial de Minería que desde el 2017 encarga, de acuerdo con lo establecido en el artículo 83 del Código de Minería, la publicación de este suplemento especial al Diario Oficial.
Con fecha 5 de febrero de 2025, en la edición N°44.067, CVE 2605553 se publicó la Ley N°21.730 que crea el Ministerio de Seguridad Pública e introdujo un conjunto de modificaciones a la Ley N°20.502, entre las cuales, cabe destacar, el fortalecimiento del Ministerio del Interior como coordinador político del gabinete para el logro de los objetivos gubernamentales y colaborador de la Presidencia de la República en la conducción del gobierno interior, contando con facultades sobre asuntos relativos al desarrollo regional y local, migración y extranjería, así como también la prevención y respuesta frente a conflictos sociales, emergencias, desastres, catástrofes y reconstrucción.
De igual manera, la Ley N°21.730 que modificó la Ley N°20.502, viene a reforzar la dependencia institucional y el vínculo del Diario Oficial con el Ministerio del Interior, al entregar a dicha secretaría de Estado, entre otras facultades, la de: “k) Controlar el funcionamiento del Diario Oficial y asegurar el cumplimiento de sus fines y objetivos, pudiendo dictar los reglamentos necesarios para el desempeño de su cometido”. Lo anterior, en tanto que institución del Estado encargada de prestar el servicio de edición y publicación de leyes, decretos, resoluciones y otras actuaciones públicas y privadas que el ordenamiento jurídico exija deban ser insertadas en el Diario Oficial.
DIRECTORES
El primer periódico oficial, conocido como “El Monitor Araucano” fue dirigido por fray Camilo Henríquez, le sucedió como redactor de la Gaceta del Rey el literato José María de la Torre. Mas tarde, el último predecesor del Diario Oficial, El Araucano, fue encargado a Manuel José Gandarillas, colaborando con él don Andrés Bello.
La dirección del Diario Oficial ha estado a cargo de las siguientes personas:
1877 — 1880 | Ricardo Becerra | 1974 — 1990 | Enrique Menchaca Salgado |
1880 — 1884 | Guillermo Blest Gana | 1990 — 2010 | Florencio Ceballos Bustos |
1884 — 1891 | Alcibíades Roldán | 2010 — 2011 | Cristian Letelier Aguilar |
1891 — 1910 | Carlos Emeterio Cerda | 2011 — 2013 | Eduardo Ramírez Cruz |
1910 — 1912 | Luis Roberto López | 2013 — 2014 | Cecilia Power Helfmann |
1912 — 1924 | Honorio Henríquez Pérez | 2014 — 2018 | Carlos Orellana Céspedes |
1924 — 1926 | Armando Hinojosa | 2018 — 2022 | Juan Jorge Lazo Rodríguez |
1926 — 1931 | Augusto Ovalle y Oscar Barrios | 2022 — a la actualidad | Felipe Peroti Díaz |
EL ACTUAL DIARIO OFICIAL
En la actualidad el Diario Oficial integra la Subsecretaria del Interior y se encuentra regulado por el Decreto Supremo N°22, de 2016, del Ministerio del Interior y Seguridad Publica, que Aprueba Reglamento sobre Organización y Funcionamiento del Diario Oficial de la República de Chile. Así, tras su entrada en vigencia, el 17 de agosto de 2016, y en concordancia con las tendencias globales en materia de publicaciones oficiales, el Diario Oficial pasó de imprimirse a publicarse electrónicamente con validez legal, permitiendo su acceso desde cualquier dispositivo en cualquier parte del mundo de manera gratuita.
El Diario Oficial del día puede ser accedido y descargado gratuitamente en formato pdf. Cada edición esta compuesta por publicaciones independientes con validez en forma separada y suscritas con firma electrónica avanzada y sellado de tiempo, garantizando su autoría (emanado desde el Diario Oficial), integridad y fecha de publicación. Además, cuentan con un CVE (Código de validación Electrónica), para verificar la autenticidad de una versión impresa. La publicación puede ser descargada, trasmitida y subida electrónicamente a plataformas de tramitación, como la del Poder Judicial, o ser reproducida en otros sitios, públicos o privados, amplificado su difusión de manera efectiva, sin afectar su autenticidad. Finalmente y solo para efectos de mantener el patrimonio documental impreso del Estado, se imprimen 5 ejemplares cada día.