Descuento Publicación

CARACTERISTICAS Y ESPECIFICACIONES TECNICAS QUE DEBEN CUMPLIR LOS DOCUMENTOS QUE SE SOLICITAN PUBLICAR, PARA ACOGERSE AL DESCUENTO ESTABLECIDO EN LA RESOLUCION EXENTA 1.715 DE 2015, DE LA SUBSECRETARIA DEL INTERIOR

SOLICITUD DE PUBLICACION REALIZADA POR PARTICULARES, DE DOCUMENTOS EMANADOS DE FUENTES OFICIALES

Los Particulares que soliciten electrónicamente la publicación de documentos, también electrónicos, emanados de algún Poder del Estado, tendrán un descuento en la tarifa de un 20% sobre los precios establecidos por resolución vigente, siempre que dichos documentos hayan sido suscritos electrónicamente, con Firma Electrónica Avanzada, de acuerdo con la ley 19.799 sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónico y Servicios de Certificación de Dicha Firma.

En estos casos el Particular deberá: (a) Conectarse al sitio Web del Diario Oficial www.diarioficial.cl, (b) Seleccionar el Organismo del cual emanó el documento e ingresar el código (ubicado sobre el código de barras al final del documento), y finalmente (c) Pagar el documento cotizado con el descuento ya aplicado, se recomienda en este último caso también pagar electrónicamente, lo que permitirá realizar la publicación en un plazo más breve.

Los siguientes documentos actualmente pueden ser objeto del descuento referido:
• Decreto Concesión de servicio público móvil de radiodifusión, emanado de Subtel
• Decreto Concesión de servicio público de transmisión de datos, emanado de Subtel
• Decreto Concesión de servicio intermedio de telecomunicaciones, emanado de Subtel
• Decreto Concesión de servicio público de telefonía móvil digital, emanado de Subtel
• Decreto Concesión de radiodifusión sonora en frec. modulada, emanado de Subtel
• Decreto Concesión de radiodifusión comunitaria ciudadana, emanado de Subtel
• Decreto Concesión de servicio público de voz sobre Internet, emanado de Subtel

SOLICITUD DE PUBLICACION REALIZADA POR PARTICULARES, DE DOCUMENTOS EMANADOS DE FUENTES NO OFICIALES.

Los Particulares que soliciten electrónicamente la publicación de documentos, en donde la ley no requiere que para este acto, sean emanados y suscritos por algún Poder del Estado, tendrán un descuento en la tarifa de un 20% sobre los precios establecidos por resolución vigente, siempre que se siga el siguiente procedimiento:

El Particular deberá: (a) Conectarse al sitio Web del Diario Oficial www.diarioficial.cl, (b) Registrase (por una única vez), (c) Seleccionar el tipo de publicación que requiere realizar, (d) Digitar el texto del documento que desea publicar, y finalmente (e) Pagar el documento cotizado con el descuento ya aplicado, se recomienda en este último caso también pagar electrónicamente, lo que permitirá realizar la publicación en un plazo más breve.

Los siguientes documentos actualmente pueden ser objeto del descuento referido:

Solicitudes de Derechos de Aprovechamiento de Aguas (que se publican días 1° y 15 de cada mes, como parte del procedimiento administrativo establecido en el Código de Aguas). No se incluyen los documentos firmados en papel y enviados por correo postal como tampoco las resoluciones judiciales sobre estas u otras materias.

SOLICITUD DE PUBLICACION REALIZADA POR LOS ORGANOS DE LA ADMINISTRACION DEL ESTADO

Los Órganos de la Administración del Estado que soliciten la publicación de documentos electrónicos, tendrán un descuento en la tarifa de un 20% sobre los precios establecidos por resolución vigente, siempre que dichos documentos hayan sido enviados en forma electrónica al Diario Oficial y suscritos electrónicamente, con Firma Electrónica Avanzada, de acuerdo con la ley 19.799 sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónico y Servicios de Certificación de Dicha Firma.

Dichos Organismos deberán suscribir un Convenio que regulará la forma en que estos documentos deberán ser transmitidos al Diario Oficial, los plazos para ello y los funcionarios o autoridades facultados.

Nota: Los precios vigentes se encuentran regulados por Resolución Exenta N°3.417, de 13 de marzo 2014.

 

 

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